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N O T I C I dA S
CONVOCATORIA
(30/Junio /2011)


El Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco en la Vigésima Quinta Sesión Ordinaria de fecha 29 veintinueve de junio de 2011 dos mil once, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 183 y 184 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, aprobó CONVOCAR a los Abogados y Licenciados en Derecho a participar en el concurso abierto de oposición libre, para integrar una lista de quince jueces especializados, para ser adscritos a criterio del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, en la oportunidad y necesidad que así lo dispongan. Para efectos citados se establecen las siguientes:

B A S E S:

A) El concurso es abierto y de oposición libre para el ingreso a la categoría de Juez Especializado en el Estado de Jalisco, por lo que en cumplimiento a los propósitos de la Carrera Judicial, basados en la experiencia, capacitación y aptitud, se dirige esta convocatoria a quienes acrediten ser abogados ó licenciados en derecho, se sometan expresamente a lo contenido en esta convocatoria, cumpliendo con todos y cada uno de los requisitos exigidos, aprobando con las calificaciones satisfactorias las evaluaciones realizadas y reconociendo desde el inicio la validez del procedimiento y los resultados que por motivo del mismo se emitan.

Para los efectos de la presente convocatoria y dar cumplimiento a lo dispuesto en la normatividad, se considerarán aprobados quienes a juicio del Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se declare reúnan el perfil de Juez Especializado en el Estado de Jalisco, mismo que se integra con los requisitos señalados en el artículo 106 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, así como lo expuesto en los artículos 91, 92, 93 y 94 del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, además de aquellos requisitos que reúna en cada caso particular el participante para considerarlo con la capacidad de desempeñarse de manera eficiente y eficaz en los términos y cualidades contenidas en esta convocatoria; debiendo reconocer el participante expresamente desde su inscripción, el sometimiento a la presente convocatoria, su procedimiento y resultados, así como al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco y al jurado e integrantes de Comités de Evaluación, con sus facultades discrecionales que emitan en sus opiniones y calificaciones. Ello además de lo no previsto y no contenido de manera exacta y suficiente en la legislación aplicable, sin que para ello se considere que la Ley o Reglamento es un diccionario, ni que para efecto de lograr el objetivo de emisión de la presente convocatoria, lo realizado por las autoridades que califiquen y/o aprueben sean actos subjetivos no previstos expresamente en la Ley o su Reglamento; pues, resulta obvio ante la necesidad de estructurar y ejecutar el presente proceso de selección, que se otorga certeza al participante con el contenido de la actual convocatoria que complementa lo legislado en términos del articulo 184 de la Ley Orgánica Poder Judicial, por lo que en conclusión, el perfil del individuo aprobado que se busca, se contiene en las fracciones siguientes:

I. Lo señalado en el artículo 106 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado;
II. Profesionalismo, tanto en su ejercicio como en su conducción ética, además en la elaboración de escritos técnicos jurídicos sustentados en argumentos jurídicos lógicos, motivados y con una redacción que denote claridad, conocimientos gramaticales y comprensión de los vocablos jurídicos;
III. Capacitación, apreciando objetivamente el acreditamiento de estudios realizados en la escuela judicial o por haber aprobado cursos, seminarios, diplomados, postgrados, maestrías, doctorados u otros semejantes avalados por otros órganos y/o universidades de carácter jurídico, así como la comprobación de su participación como docente, conferencista o ponente en instituciones nacionales e internacionales;
IV. Resultar apto según determine el examen psicométrico, ya que con el mismo se establecerá la capacidad intelectual, conducta, habilidades, rasgos generales, la competencia de los concursantes de acuerdo a las necesidades de esta convocatoria.
V. Fama pública irreprochable de una conducta compatible con el desempeño de la función de Juez Especializado.

B) REQUISITOS

Para ser Juez Especializado en el Estado de Jalisco, los aspirantes deberán reunir los requisitos previstos por el artículo 106 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco; los que consisten en:

I. Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos civiles y políticos;
II. No tener más de sesenta y cinco años de edad, ni menos de veintisiete al día de la designación;
III. Ser abogado o licenciado en derecho, con título registrado en la Dirección de Profesiones del Estado;
IV. Acreditar cuando menos cinco años de práctica profesional desde la obtención de la cédula provisional, de conformidad con la Ley de Profesiones del Estado;
V. Aprobar el examen de oposición;
VI. Tener reconocida probidad y honradez; y
VII. No haber sido condenado por delito doloso que amerite pena corporal.

Para el nombramiento de jueces, en igualdad de circunstancias, se preferirá al aspirante que presente sus servicios con eficiencia, probidad y honradez en la administración de justicia.

El examen de oposición es conformado por todos y cada uno de los exámenes que sean aplicados conforme a la presente convocatoria;

Los aspirantes deberán reunir los requisitos exigidos por esta convocatoria, por lo que, en caso de no allegar oportunamente los documentos, constancias y demás requisitos previstos en la presente convocatoria, se considerarán excluidos de participar en el concurso materia de esta convocatoria; tales requisitos son descritos a continuación:

A. Currículum Vitae;
B. Acta de Nacimiento;
C. (4) Fotografías tamaño infantil, recientes y sin retoque;
D. Constancia de NO Antecedentes Penales (carta de policía);
E. Certificado Médico, suscrito por Institución Oficial de Salud;
F. Resultado de examen antidoping practicado en lugar designado por el Pleno;
G. Título de Abogado y/o licenciado en Derecho debidamente registrado;
H. Cédula Profesional registrada ante la Dirección de Profesiones del Estado;
I. Cuando hayan cursado alguna maestría o doctorado, las constancias respectivas; si los estudios se hicieron en el extranjero, los comprobantes deberán traer la legalización respectiva ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y en su caso, la traducción correspondiente.

Además de los anteriores requisitos, deberán acompañar escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, manifiesten encontrarse en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; someterse expresamente a los términos de esta convocatoria, procedimiento y resultados, así como al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco y al Jurado e integrantes de Comités de Evaluación, con sus facultades discrecionales; no haber sido condenados por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año; y que cuentan con la nacionalidad mexicana. En el mismo escrito señalarán los procedimientos de responsabilidad a los que se les haya emplazado y, en su caso, el resultado de ellos, en el caso de pertenecer o haberse desempeñado en la función pública.

Con relación a lo enunciado anteriormente, los documentos, constancias y otros elementos, deberán para su plena certeza, a su presentación, observar las siguientes particularidades:

A. Respecto del acta de nacimiento, del título de abogado y/o licenciado en derecho y de la respectiva cédula profesional debidamente registrada ante la Dirección de Profesiones del Estado, de no ser originales, pueden presentarse en copia fotostática certificada ante Notario Público;
B. Las cuatro fotografías en tamaño infantil deben ser a color;
C. En cuanto a la Constancia de No Antecedentes Penales, ésta deberá ser expedida por el Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses, en original exclusivamente y con una antigüedad máxima de 15 quince días;
D. Escrito en el que, bajo protesta de decir verdad, manifiesten encontrarse en pleno goce de sus derechos civiles y políticos; someterse expresamente a los términos de esta convocatoria procedimiento y resultados, así como al Honorable Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco y al Jurado e integrantes de Comités de Evaluación, con sus facultades discrecionales; no haber sido condenados por delito intencional con sanción privativa de la libertad mayor de un año; y contar con la nacionalidad mexicana. En el mismo escrito señalarán los procedimientos de responsabilidad a los que se les haya emplazado y, en su caso, el resultado de ellos. Este escrito, deberá contener firma original;
E. Para acreditar la función pública en el Poder Judicial del Estado de Jalisco, deberán presentar constancia de antigüedad en el Poder Judicial del Estado de Jalisco, donde se aprecien las categorías desempeñadas y los períodos correspondientes en cada una de ellas;
F. En cuanto al currículum Vitae, éste deberá estar acompañado de todas las constancias que sirvan para acreditar lo referido en el mismo. Deberán acompañarse los documentos que acrediten fehacientemente los estudios realizados, ya sea licenciatura, diplomados, postgrados, maestrías o doctorados, así como los documentos o constancias con los que acredite la docencia ejercida. Si se trata de estudios realizados en el extranjero, deberán acompañar la apostilla respectiva o su legalización ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y, en su caso, la respectiva traducción;
G. Certificado médico expedido por una institución oficial, con una antigüedad máxima de 15 quince días, donde se certifique que el interesado se encuentra en buen estado de salud física;
H. Documento con el cual se acredite que el aspirante se realizó el examen antidoping, en el lugar designado por el Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, que es el Laboratorio Clínico ICARDI, ubicado en la calle Amado Nervo #33, Colonia Ladrón de Guevara, en esta Ciudad, entre las calles Hidalgo y Morelos; en el entendido que, de resultar una detección positiva de evidencia de uso de narcóticos por el concursante, se declarará que el participante ha quedado excluido e invalidará su participación; y
I. En general, presentar toda documentación fehaciente con la cual el concursante acredite los requisitos que prevén los artículos 106 y 184 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco. No se tomará en cuenta la indicación del participante, en el sentido de que determinada documentación obras en los archivos de esta u otra institución.

C) PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUD DE DOCUMENTOS.
Los interesados deberán presentar la solicitud correspondiente en la que señalarán sus generales, domicilio en esta ciudad para recibir notificaciones, expresará en una cuartilla los motivos que lo impulsan a intervenir en este proceso, acompañando los documentos señalados en la presente convocatoria, ante la Oficialía de Partes de la Secretaría General del Consejo de la Judicatura del Estado, con domicilio en la finca marcada con el número 14 de la calle Degollado Primer Piso de la ciudad de Guadalajara, Jalisco en horas hábiles de dicha dependencia, a partir de las 9:00 nueve horas del día 1 primero de julio de 2011 dos mil once, hasta las 15:00 quince horas el día 4 cuatro de julio de 2011 dos mil once.

REQUISITOS PREVIOS:


EXAMEN PSICOMÉTRICO:

Previo a iniciar las etapas del concurso, a efecto de dejar clara la probidad del participante en los términos del artículo 106 fracción VI de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, el aspirante deberá de obtener el grado de apto en el examen psicométrico y el resultado negativo en el examen de drogas de abuso (antidoping) que presente ante el personal asignado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.

PARA EL CASO DEL EXAMEN PSICOMÉTRICO:

A. Los concursantes deberán someterse a un examen que se realizará por el psicólogo especializado, que designe el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco para cada evento;
B. Cada participante deberá de entrevistarse personalmente con dicho especialista como segunda parte del examen psicométrico;
C. El concursante que de acuerdo al resultado obtenido no resulte apto al criterio del Psicólogo designado, quedará eliminado del concurso.

Para el caso de drogas de abuso (antidoping), el participante deberá de someterse a los exámenes correspondientes ante la Institución designada para tales efectos por el Pleno de este Consejo en la convocatoria. Todo aquél aspirante que resulte positivo al consumo de drogas o estupefacientes, quedará imposibilitado a participar en el concurso.

La falta de algún requisito o no aprobación de exámenes provocan que el participante no continúe con el concurso.

El examen psicométrico se practicará el 7 siete y 8 ocho de julio de 2011 dos mil once, a partir de las 09:00 nueve horas, de conformidad a lo ordenado por el artículo 94 del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura del Estado, el cual será realizado por el Psicólogo especializado designado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco; además, cada participante deberá entrevistarse personalmente con dicho especialista como segunda parte del examen psicométrico que refiere el numeral antes citado; el concursante que de acuerdo al resultado no resulte recomendable de acuerdo a los parámetros previamente establecidos en el perfil psicológico requerido para Juez Especializado, quedará eliminado del concurso, ya que no reúne el perfil acorde a la plaza para la cual concursa, lo anterior de conformidad con el numeral 94, del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.

Cada participante deberá presentarse en las instalaciones de la Dirección del Instituto Judicial, ubicada en calle Degollado número 190 ciento noventa, tercer nivel, esquina con la calle Francisco I. Madero, zona Centro, de esta ciudad, en el día y hora específico que se señalará en la lista que para tal efecto se fijará el día 6 seis de julio de 2011 dos mil once, en los estrados de la Secretaria General de este Consejo, siendo obligación del participante imponerse el día y hora señalado sin previa notificación, y les sea practicado el examen psicométrico y la entrevista referida.

El resultado del examen psicométrico, les será notificado a través de la lista que se fijará el día 12 doce de julio de 2011 dos mil once, en los estrados de la Secretaria General del Consejo del Judicatura del Estado de Jalisco, en la que se publicarán únicamente a los participantes que resulten aptos, siendo obligación de los aspirantes imponerse de la misma; en el entendido que con dicha publicación quedan debidamente notificados todos los concursantes, para los efectos legales a que haya lugar; los que hayan resultado recomendables, serán considerados continuar con el proceso de selección; los que no hayan resultado recomendables quedarán eliminados del concurso.

Con independencia de que algún participante haya obtenido calificación aprobatoria en cualquier etapa del concurso que prevé la presente convocatoria, debe considerarse que, la evaluación psicométrica o establecimiento de perfil psicológico, permita establecer al Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, en atención al valor de opinión del o los expertos en la materia designados por el comité dos situaciones:

A. Que no se haya detectado en la personalidad de los concursantes un impedimento razonable para nombrarlo en el cargo; y que corresponda al perfil del Juez Especializado, cuyo objeto está claramente establecido en esta convocatoria.
B. Que en base al examen psicométrico realizado, su personalidad no sea recomendable para ejercer funciones de Juez Especializado.

D) SELECCIÓN DE ASPIRANTES

Cerrado el plazo para la inscripción y verificados los requisitos, la Secretaría General dará cuenta al H. Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, respecto de las solicitudes presentadas y la documentación anexada, para que éste determine quienes son los aspirantes que acreditaron los requisitos señalados en la Ley y en la presente convocatoria, que les permitan realizar el examen psicométrico y participar en el concurso de oposición libre para el ingreso a la categoría de Juez Especializado en el Estado de Jalisco; en cuyo caso, los interesados deberán presentarse sin previa notificación a consultar la lista de acreditados que para tal efecto se fijará en los estrados de la Secretaría General del Consejo de la Judicatura del Estado, con domicilio en la finca marcada con el número 14 catorce de la calle Degollado en esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, el día 06 seis de julio de 2011 dos mil once, debiendo señalar el día y hora que deberán presentarse para la elaboración del examen psicométrico, lista que se registrará en orden alfabético tomando en cuenta el primer apellido del aspirante.

De la misma manera quienes no cumplan con los requisitos de Ley y de esta convocatoria y no aparezcan en la lista antes referida, no podrán llevar a cabo el examen psicométrico.

Informándose de igual manera a los aspirantes que en cada etapa del concurso y por la de examen aplicado, se procederá a informar en los mismos términos antes indicados.

E) DE LAS ETAPAS DEL CONCURSO.

El proceso de selección para la categoría de Juez Especializado, comprende de 3 tres etapas, las cuales se describen en la presente convocatoria.

PRIMERA ETAPA:

EXAMEN DE CUESTIONARIO:

Examen por medio del cual se hace una evaluación inicial en la que deberán resolver por escrito un cuestionario, tal y como lo dispone la fracción II del artículo 184 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, dicho examen será elaborado por el comité de cuestionarios y casos prácticos, el cual fue previamente designado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, tal y como lo establece el artículo 188 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, en concordancia con lo estipulado por el artículo 95 del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura del Estado, siendo presidido por el Consejero Maestro Miguel Gutiérrez Barba, debiendo elaborarse cuando menos cincuenta reactivos, sobre cuestiones generales de derecho penal, doctrina y problemas jurídicos relacionados en materia de ejecución de penas.

Para tal efecto se señalan las 09:00 nueve horas del día 14 catorce de julio de 2011 dos mil once, para que tenga verificativo el examen de cuestionarios para el ingreso a la categoría de Juez Especializado, en las instalaciones del Instituto Judicial ubicadas en la finca marcada con el número 190 ciento noventa de la calle Degollado esquina Madero, tercer piso, zona centro, de esta ciudad de Guadalajara, Jalisco.

Los concursantes se presentarán en las instalaciones del Instituto Judicial del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, el día y hora determinados para la resolución del cuestionario escrito; los aspirantes deberán presentarse a más tardar a la hora señalada, por lo que no podrá permitirse la participación de aquellos que comparezcan después de esa hora. Sólo por causa general de fuerza mayor, a juicio del comité de exámenes de cuestionarios, la hora de presentación de los aspirantes o del inicio del examen podrá ser modificada; lo anterior con la notificación oportuna.

Al inicio del examen se entregará un talón que tendrá un número confidencial, en el cual habrá un espacio en el que cada sustentante anotará su nombre completo, dicho talón será recogido por los integrantes del comité antes de iniciar el examen.

Los concursantes sólo podrán anotar el número confidencial que previamente les fue asignado en el talón del cual se les hizo entrega, cualquier marca, seña o figura no autorizada que pueda servir como identificación del sustentante, será motivo para descalificarlo del concurso.

La calificación del examen de cuestionarios, estará a cargo del comité de cuestionarios y casos prácticos previsto en el artículo 95 de Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura; dicha calificación se asignará en una escala de 0 cero a 100 cien. La mínima para acceder a la segunda etapa del concurso será de la que académicamente corresponda a 80 ochenta puntos, sólo tendrán derecho a pasar a la siguiente etapa los aspirantes que hubieran acreditado la calificación referida en este párrafo.

Después que el resultado del examen de cuestionario haya sido aprobado por el comité, se publicará conforme a lo señalado en el inciso D) del capítulo de Bases de la presente convocatoria, el resultado de los mismos con el número confidencial que previamente les fue asignado mediante la entrega del talón a que se hizo referencia, sólo aparecerá el nombre de los aspirantes que hayan pasado a la siguiente etapa del concurso, de lo cual se dará cuenta al H. Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado, en el entendido que dicha publicación surtirá efectos de notificación para todos los concursantes, para los efectos legales a que haya lugar.

Los resultados del examen de referencia serán publicados el día 04 cuatro de agosto de 2011 dos mil once, los concursantes podrán solicitar mediante escrito presentado ante la Oficialía de Partes de la Secretaria General de este Consejo, la revisión de su calificación, la cual se realizará en presencia del Comité de Exámenes de Cuestionarios, en las instalaciones de este Órgano de Gobierno, el día 5 cinco de agosto de 2011 dos mil once de 9:00 a 15:00 horas. En el entendido de que si con dicha revisión se advierte que existió un error al momento de calificar al aspirante, se realizará las modificaciones correspondientes, ya sea en beneficio o en perjuicio del aspirante.

SEGUNDA ETAPA:


SOLUCIÓN DE CASO PRÁCTICO:

La solución de casos prácticos, que habrá de aplicarse en la segunda etapa del concurso, en términos de lo que dispone la fracción III del artículo 184 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, consistirá en la redacción de una sentencia de casos hipotéticos en materia penal y de ejecución de penas, debiendo procurarse que el caso, sea de los que de acuerdo al planteamiento, el grado de dificultad se considere de tipo medio y, que el caso pueda resolverse dentro del plazo que se otorgue para tal efecto. Dicho caso práctico será seleccionado por el Presidente del comité de cuestionarios y casos prácticos, el cual fue previamente designado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, en cumplimiento del artículo 184 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, en relación con el numeral 94 del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura, siendo presidido el citado Comité por el Consejero Maestro Miguel Gutiérrez Barba. Dicho caso provendrá de cualquier expediente de la respectiva materia que haya sido resuelto y confirmado por la superioridad.

Para tal efecto se señalan las 9:00 nueve horas del día 8 ocho de agosto de 2011 dos mil once, para que tenga verificativo la solución de casos prácticos para el ingreso a la categoría de Juez Especializado.

Los concursantes deberán presentarse en las instalaciones del Instituto Judicial del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, ubicadas en la finca marcada con el número 190 de la calle Degollado esquina Francisco I. Madero, tercer piso, zona centro, de esta ciudad de Guadalajara, Jalisco, con identificación oficial, el día y hora determinados respectivamente para la solución de casos prácticos, y no podrá permitirse la participación de aquellos que comparezcan después de esa hora. Solo por causa general de fuerza mayor, a juicio del comité de cuestionarios y casos prácticos, el lugar y la hora de presentación de los aspirantes o del inicio del examen podrá ser modificada, notificándose con la debida oportunidad.

El caso práctico asignado podrá resolverse conforme a las siguientes condiciones:

I. No podrá asentarse, en ninguna parte del proyecto el nombre del concursante;
II. El comité se encargará de prestar las facilidades materiales para el examen, y destinará un espacio para que el concursante pueda desplegar el material de consulta y el uso de la computadora que previamente se le asigne; no se permitirá apoyo de personal alguno en la redacción o preparación de la sentencia;
III. El participante deberá llevar consigo las leyes, códigos y los demás elementos materiales impresos que considere necesarios; apoyo que será revisado antes del examen a criterio del comité;
IV. Se dará al concursante un término máximo de cuatro horas para la elaboración de la sentencia;
V. Se exigirá que la resolución cumpla con los requisitos de forma, de fundamentación y motivación. En la inteligencia de que la transcripción de pruebas, se permitirá se realice en lo conducente que apoye las argumentaciones lógicas y jurídicas de lo sustentado, además de la tesis que estime aplicables, en las que deberá citar únicamente el rubro y datos de localización.

Al inicio del examen se entregará un talón que tendrá un número confidencial, en el cual habrá un espacio en el que cada sustentante pondrá su nombre completo. Dicho talón será recogido por los integrantes del comité antes de iniciar el examen, quedando los citados talones en resguardo de la Secretaría General del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco.

Los concursantes sólo podrán anotar el número confidencial que con anterioridad les había sido asignado, cualquier marca, seña o figura no autorizada que pueda servir como identificación del sustentante, será motivo para descalificarlo del concurso.

La calificación se asignará en una escala de 0 cero a 100 cien, donde 100 cien equivale al 45 cuarenta y cinco por ciento del total de la calificación final que se obtendrá de la evaluación que el jurado le otorgue a la aptitud del sustentante para proponer una solución jurídicamente razonable del caso que le hubiere correspondido, con hasta cuarenta puntos; de la correspondiente a la demostración del conocimiento de la técnica de la materia procesal, con hasta 40 cuarenta del total de la calificación; y de la argumentación, congruencia, claridad, y redacción jurídica contenidas en el proyecto, con hasta 20 veinte puntos. El resultado aprobatorio se obtiene con por lo menos 80 ochenta de calificación de los 100 posibles en el examen, para que pueda continuar en el proceso de selección.

Después del resultado de la evaluación del caso práctico que haya sido aprobado por el comité, se publicará el resultado de las mismas con el número confidencial que previamente les fue asignado mediante la entrega de un talón, de lo cual se dará cuenta al H. Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, para que se sirva sancionar tales resultados y hacer la respectiva publicación en la lista que para tal efecto se fijará en los estrados de la Secretaria de Acuerdos del Consejo de la Judicatura del Estado, siendo obligación del participante imponerse para su conocimiento Judicial en el entendido que dicha publicación surtirá efectos de notificación para todos los concursantes, para los efectos legales a que haya lugar.

TERCERA ETAPA:

EXAMEN ORAL Y PÚBLICO:

El examen oral y público, tal y como lo dispone la fracción III del artículo 184 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, será practicado el día 15 quince de agosto de 2011 dos mil once, a partir de las 09:00 nueve horas, por el Jurado de Exámenes Orales, el cual fue previamente designado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, en cumplimiento del artículo 188 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, en relación con el numeral 94 del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura del Estado, siendo Presidido el mismo por el Consejero Luis Enrique Villanueva Gómez, dicho examen será público, el cual consistirá en las interrogantes e interpelaciones que realicen cada uno de los miembros del comité; dicho examen será oral y público y deberá ser video grabado para los efectos de constancia.

Los participantes que hayan aprobado las etapas anteriores, deberán presentarse en las instalaciones del Instituto Judicial del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, el día y hora que en su momento se determine de acuerdo al número de aspirantes que hayan accesado a la tercera etapa del concurso, lo cual será en orden alfabético por apellido, en lista que para tal efecto se fijará en los estrados de la Secretaria General del Consejo de la Judicatura del Estado, siendo obligación del participante imponerse del día y hora señalado sin previa notificación que les sea practicada.

Los integrantes del comité podrán hacer tantas preguntas como consideren necesario, así como con todas aquellas cuestiones relacionadas con la función de Juez Especializado en materia penal y en lo relativo de ejecución de penas, siendo factor de calificación, el contenido de las respuestas y el número de aciertos.

La calificación final se determinará con el promedio de los puntos que cada miembro del Jurado encargado de los exámenes orales a que se el artículo 188 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco, en relación con el numeral 94 del Reglamento Interno del Consejo de la Judicatura del Estado; la calificación de cada sustentante, en esta etapa del concurso, se obtendrá con el promedio de puntos que cada uno de los integrantes del Jurado le haya otorgado, de acuerdo a una escala de cero a cien puntos, donde 100 puntos equivale al 45 cuarenta y cinco por ciento de la calificación del postulante. El voto de cada integrante tendrá exactamente el mismo valor.

Al finalizar el examen oral público, el jurado, una vez que el sustentante se hubiese retirado del local, procederá a deliberar y a asignar la calificación que considere merece el sustentante.

EVALUACIÓN FINAL:

Para efecto de la evaluación final, el Jurado tomará en consideración los cursos y estudios que haya realizado el sustentante, la antigüedad en el Poder Judicial del Estado y/o la experiencia profesional, el desempeño en el Poder Judicial, el grado académico y los cursos de actualización y especialización que haya acreditado, así como la calificación obtenida en los diversos exámenes aplicados y previstos en la presente convocatoria que forman parte del concurso de oposición.

Para lo efectos de esta etapa se dividirá en dos partes:

A. Tendrá el valor del 5 cinco por ciento sobre la calificación final, los factores generales del aspirante, siendo estos antigüedad y desempeño en el Poder Judicial o experiencia profesional comprobable.

Para tales efectos se considerara un total de 10 diez puntos por cada año de experiencia hasta poder acumular un máximo de 100 cien que equivaldrán al 5 cinco por ciento total de este rubro.

B. Su grado académico e instrucción en la profesión de Abogado, la que tendrá un valor del 5 cinco por ciento sobre la calificación final.

Para establecer certidumbre en cuanto al puntaje relativo a cada uno de los rubros precisados anteriormente, la valoración señalada en el inciso previo se cuantificará de la manera siguiente:

 Doctorado con acta de examen aprobatoria, hasta 35 treinta y cinco puntos.
 Maestría con acta de examen aprobatoria, hasta 25 veinticinco puntos.
 Especialidades: Por cada especialidad se otorgaran hasta 5 cinco puntos, sin que exceda de 20 veinte el total del ellos, siempre y cuando no hayan formado parte para obtener el grado de maestro.
 Diplomados: Por cada Diplomado se otorgarán hasta 3 tres puntos, sin que exceda de 15 quince el total de ellos, siempre y cuando no hayan formado parte para obtener la Especialidad.
 Cursos o seminarios de actualización, especialización y/o capacitación, así como la participación como docente, conferencista o ponente en instituciones nacionales e internacionales: 1 un punto por cada uno, sin que exceda de 10 diez puntos.
 La puntuación mencionada en este apartado, será acumulativa hasta 100 cien puntos, la cual constituirá el 5 cinco por ciento de la evaluación final.

Para el caso de funcionarios del Consejo o del Poder Judicial, al puntaje alcanzado por la antigüedad se deberán restar, en caso de la existencia de procedimientos administrativos resueltos desfavorablemente al aspirante a Juez, durante los últimos cinco años a la fecha de publicación de la convocatoria, los puntos que correspondan, por haber sido acreedor a una de las sanciones previstas por el artículo 204 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, conforme a los siguientes parámetros:

I. Extrañamiento, menos 3 tres puntos;
II. Amonestación verbal en privado; menos 5 cinco puntos;
III. Amonestación pública, menos 10 diez puntos;
IV. Suspensión sin goce de sueldo, menos 20 veinte puntos;

La anterior tabla de descuento de punto es acumulativa y no podrán descontar más de 50 cincuenta puntos.

Al concluir las etapas del concurso, se levantará un acta final y el Presidente del Jurado declarará quiénes son los concursantes que hubieren resultado aprobados y el medio de selección utilizado, lo cual informará de inmediato al Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado para que, en la sesión plenaria correspondiente, se tome conocimiento de los aspirantes aprobados, en esta sesión el Pleno privilegiará la Carrera Judicial, únicamente para resolver la selección entre dos o más aspirantes que se encuentren en igualdad de circunstancias como resultado de los exámenes del concurso.

La lista definitiva, resultado final del concurso, debidamente aprobada por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, se publicará en el Boletín Judicial, asentado las personas que hayan resultado vencedoras para integrar la lista de reserva estratégica, como consecuencia del concurso; se les expedirá el nombramiento en cuanto el Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco lo determine conveniente, e iniciaran el ejercicio de sus funciones hasta en tanto les sea asignada su adscripción y tomen posesión del órgano.

Para el otorgamiento de la adscripción el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, lo realizará en base a lo señalado en el artículo 190 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco.

El Pleno determinará la temporalidad y el carácter del nombramiento.

Las situaciones no previstas en la presente convocatoria, serán resueltas por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Estado de Jalisco, sin que éstas puedan ser recurridas, en virtud de ser definitivas e inatacables, de conformidad con el artículo 139 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco.

F) NOTIFICACIÓN

Se ordena notificar por oficio el lanzamiento de la presente convocatoria a los miembros del comité y del jurado señalados en la presente convocatoria, para efecto de que consideren los exámenes que se señalan y en los que habrán de participar.

La presente convocatoria se publicará, por una sola vez, en tres diarios de circulación local, así como en el Boletín Judicial del Estado de Jalisco; de conformidad con el artículo 184 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Jalisco.

Lo que se que se informa para los efectos legales a que haya lugar y en cumplimiento a lo ordenado en el Acuerdo Plenario correspondiente.

A T E N T A M E N T E
GUADALAJARA, JALISCO 29 DE JUNIO DEL AÑO 2011
EL SECRETARIO GENERAL
LIC. FELIPE SÁNCHEZ MONTES DE OCA




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